Vuelvo a hablar de cosas que mucha gente sabe pero que otra mucha desconoce: ¿Cómo se anula una póliza de seguro? Tenemos que empezar por el principio, ¿qué es una póliza? Una póliza es un contrato . Y como contrato en el se regulan una serie de relaciones contractuales acordadas entre el asegurador y el tomador de la póliza. Entre ellas la forma de anular el propio contrato. Las normas básicas de estas pólizas de seguro están reguladas por la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro . Esta ley en su artículo 22 determina que los contratos de seguros puedan ser prorrogables, y la inmensa mayoría son así. O sea, que se prorrogan automáticamente , salvo pacto en contra, o si una de las partes quiere anular la póliza. Si no hay acuerdo, y la decisión de anulación la toma una de las partes, el único requisito para poder dar de baja la póliza es advertirlo a la parte contraria con dos meses de antelación a la conclusión del periodo en curso. Por lo tanto, esta es la Ley, hoy v
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